Los compañeros que opten por continuar en activo en el Cuerpo de Tramitación, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión, comuniquen en su caso, a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas, dicha opción, a los efectos de declaración de excedencia voluntaria.
Quienes opten por ingresar en el Cuerpo de Gestión Procesal y quieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, podrán solicitar de la Gerencia Territorial correspondiente a su destino como funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario.