La Audiencia Nacional anula el requisito de servicios efectivos para la promoción interna. Por su parte, CSIF consigue que en las nuevas bases comunes y en la nueva convocatoria aparezca como requisito dos años de antigüedad tal y como establece la LOPJ y el reglamento
El Juzgado de lo contencioso administrativo número 12 de la Audiencia Nacional anula la base 4ª apartado, de la convocatoria del año 2010, con respecto a la exigencia de dos años de prestación de servicios efectivos para poder promocionar dejando claro lo que la LOPJ y el Reglamento de ingreso dictan con meridiana claridad y es que los dos años deben ser de antigüedad.
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